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Daños ocasionados en el vehículo en aparcamientos públicos

ASESORAMIENTO EN ACCIDENTES Y COLISIONES EN PARKING PÚBLICO

Cuando se utiliza un aparcamiento público, lo que se pretende principalmente es obtener la seguridad que el estacionamiento en dicho lugar otorgará al vehículo a diferencia de lo que ocurrirá si es estacionado en la calle.

Lamentablemente, en más ocasiones de las que debería, cuando el usuario del aparcamiento llega al mismo, se encuentra con que su vehículo ha sufrido daños, bien sea porque otro vehículo estacionando ha colisionado con el suyo, o incluso que un peatón ha dañado el vehículo.

ACCIDENTES DURANTE ESTACIONAMIENTO APARCAMIENTO PÚBLICO

En estos casos, resulta de aplicación lo dispuesto por la Ley 45/2002 que regula las obligaciones entre el usuario del aparcamiento y la empresa que gestiona el mismo. De dicho marco legal, cabe extraer como obligación principal del titular de aparcamiento, lo dispuesto por el artículo 3 del mismo, que regula las “obligaciones del titular del aparcamiento”:

“Restituir al portador del Justificante, en el estado que le fue entregado el vehículo y los componentes y accesorios que se hallen incorporados funcionalmente -de manera fija e inseparable- a aquel y sean habituales y ordinarios, por su naturaleza o valor, en el tipo de vehículo de que se trate”

Como se desprende de su lectura, dicha norma obliga al titular del aparcamiento a entregar el vehículo en el estado que le fue entregado, por lo que en caso de que el mismo haya sufrido daños dentro del mismo, será éste quién deba responder en caso de no poder identificar al sujeto que realizó de forma directa el daño.

En este punto, cabe recordar que en la inmensa mayoría de los aparcamientos públicos existen cámaras de control de acceso a la entrada y a la salida, por lo que, de conformidad con las normas contenidas en la Ley de Enjuiciamiento Civil, la facilidad probatoria que tiene el titular del aparcamiento para probar el estado de entrada y salida del vehículo es muy superior a la que tiene el usuario, que no podrá acotar con exactitud el estado del vehículo a la entrada y la salida, a diferencia del titular del aparcamiento.

CÓMO ACTUAR SI TENGO UN ACCIDENTE EN UN PARKING

Dado que existe una regulación específica en esta materia, en caso de haber sufrido daños en su vehículo dentro de un aparcamiento, desde Jiménez-Frutos recomendamos siempre realizar una reclamación en el propio aparcamiento y guardar una copia de la misma.

Con dicho documento, así podremos reclamar el pago de la reparación de los daños sufridos en el vehículo, que normalmente ascenderán a una elevada cuantía que, de no reclamarla, deberá sufragar el perjudicado si desea restaurar los desperfectos sufridos en el vehículo.

Por este motivo, en Jiménez-Frutos contamos con un equipo de Abogados expertos en responsabilidad contractual que analizará su caso, y le asesorará sobre la mejor forma de plantear la reclamación necesaria, incluso judicialmente, en aras de obtener el resarcimiento de los daños producidos en su vehículo.

En Jiménez-Frutos ofrecemos otros servicios de asesoramiento legal para la salida de listados de morosidad cuando has sido añadido de forma injusta, la ayuda para la redacción y formalización de contratos de alquiler y compraventa, el asesoramiento jurídico a empresas o reclamación por daños de accidentes.

Si necesita más información o realizar una consulta, puede utilizar el siguiente formulario de contacto:

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